En la Resolución No. 031 suscrita este 10 de mayo se dispone que cuando existan víctimas mortales que han sido inhumadas sin cumplir con los requisitos legales establecidos o con las disposiciones de la Resolución Nº 026-FGE- 2016, la Fiscalía dispondrá la exhumación para verificar su identidad.
Previo al proceso de exhumación, los fiscales encargados de la diligencia deberán disponer al personal especializado recopilar información de rasgos característicos o de tatuajes que la víctima mortal pudo tener. Para el efecto se llenará el formulario de IVC de INTERPOL – Personas Desaparecidas o su par del Comité Internacional de la Cruz Roja.
De acuerdo con la capacidad operativa podrán ser exhumados un máximo de cinco cuerpos por día, en presencia de un médico legista y personal de Criminalística.
Los cadáveres que se exhumen serán trasladados en furgones isotérmicos al Centro Forense de Santo Domingo de los Tsáchilas.
Para el proceso de identificación de víctimas mortales, se contará con equipos multidisciplinarios que incluyan: arqueólogos forenses, antropólogos forenses, odontólogos forenses, médicos forenses y personal de ADN, quien conjuntamente con peritos del Servicio de Medicina Legal y Ciencias Forenses, serán los responsables de realizar la identificación científica y técnica de las víctimas mortales.
Los Fiscales que estén a cargo de la exhumación e identificación de víctimas mortales, las entregarán a los familiares que las reclamen únicamente cuando el proceso esté completo.
La Fiscalía llevará un registro unificado de toda la información de cadáveres exhumados, el mismo que deberá ser remitido a la Directora General del Servicio Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses al correo electrónicovernimmenp@fiscalia.gob.ec
La ejecución de esta resolución está a cargo de: Fiscales Provinciales, directores de los Centros Forenses, Ministerio Coordinador de Seguridad Interna y Externa, Ministerio del Interior, Ministerio de Salud y directores de la Fiscalía General del Estado a escala nacional.