La orden de detención de Iván P. fue una decisión tomada con urgencia ante la posibilidad de que el investigado salga del país con destino a Miami, Estados Unidos. En la diligencia la Fiscalía también formuló cargos contra otras cuatro personas, entre ellas tres ciudadanos que no laboran al interior de la institución cuencana.
El fiscal Pedro Coello presentó como elementos de convicción el informe de análisis de contratación pública, versiones de funcionarios del Servicio Nacional de Contratación Pública (Sercop) y de los procesados, un informe de vínculos de parentesco, resoluciones del gerente general de Etapa, acciones de personal y oficios.
El juez dictó medidas cautelares para los otros procesados. En contra de Carlos FdC. ordenó la presentación periódica ante la Fiscalía y la prohibición de salida del país y de enajenar bienes.
Jason E. se encuentra con orden de presentación periódica ante la Fiscalía y prohibición de salida del país. Para Iván FdC. y Jorge FdC. se dictó la prohibición de salida del país y de enajenar bienes.
Los implicados habrían incurrido en adjudicaciones dolosas de contratos por alrededor de 10 millones de dólares, según indicó el Servicio Nacional de Contratación Pública (Sercop), que denunció el caso.
De acuerdo a las investigaciones, Etapa EP habría realizado un proceso de licitación denominado Lico-Etapa-05-2016, para la ampliación de la planta de agua potable de Tixán, en Cuenca. El 17 de enero de 2017 se adjudicó el contrato por un monto de $ 9’642.459,30 al consorcio «Delcon-Consfercor».
Al efectuarse la licitación se habría violentado lo dispuesto por la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, que en sus artículos 62 y 63, se refiere a la prohibición de suscribir contratos con parientes de hasta el cuarto grado de consanguinidad.
Santiago Vásquez, director general del Sercop, explicó el lunes que la institución presentó las pruebas pertinentes, con las cuales se ha podido advertir que una alta autoridad de Etapa EP «entregó a sus familiares directos, su sobrino y primo, contratos de participación directa y en consorcios».