La Asamblea Nacional, con 75 votos a favor, aprobó este miércoles 11 de enero el proyecto de Ley para la Eficiencia en la Contratación Pública, que busca optimizar los procesos en este ámbito, para garantizar eficiencia técnica y económica y fomentar la actividad productiva.

Asamblea Nacional

El presidente de la Comisión de Gobiernos Autónomos y Descentralización, Richard Calderón, explicó que la normativa permitirá los procedimientos de contratación, mejorarán los tiempos administrativos, se hará la operación de obras, con costos más bajos y sin afectar la transparencia.

La norma contempla 6 cambios, entre ellos, amplía la participación de las personas y organizaciones de la Economía Popular y Solidaria, así como pequeñas y medianas empresas, consideradas como actores activos de la economía del país.

Podrán participar de los concursos públicos de contratación pública. Otro punto es la Contribución Especial de Mejoras, que se aplica al gobierno central y eso permite que el Estado recupere una parte de la revalorización que produzcan sus inversiones en obras públicas.

Además, con el proyecto se extiende el uso de la contratación integral a precio fijo. Rige el valor resultante al multiplicar el coeficiente de 0,000007 del Presupuesto General del Estado, sin que se dejen de aplicar las modalidades de cotización y licitación.

Antes era del 0,1 o más. Esta variación mejorará técnica y económicamente las condiciones respecto a la modalidad de precios unitarios, con lo que se evitan distorsiones e incrementos de precio y plazo.

Para fortalecer los estudios precontractuales mediante la reducción de los porcentajes para la realización de contratos complementarios, obra nueva y diferencia de cantidades, se reforzará la responsabilidad de los consultores y servidores públicos, que elaboran en esos estudios. Se determinará una sanción adicional, en caso de que la información proporcionada por los oferentes en los procesos de contratación pública no sea verídica, a fin de disuadir el cometimiento de este tipo de conductas.

Debido a que el pago por concepto de obras y servicios que contrata el Estado puede demorar, se permitirá que los derechos de cobros aceptados para el pago se negocien en el mercado de valores, para ello se establece una excepción a la prohibición de cesión de los derechos y obligaciones emanadas en los contratos.

Las expropiaciones se aplicarán con una sola norma, en la que se respeta el precio justo, seguridad jurídica y se garantiza un proceso homologado.