Mediante un comunicado, la Corte señaló que la eutanasia será constitucional siempre y cuando no sea sancionado:
– El médico que ejecute la conducta tipificada en el artículo 144 del COIP en el supuesto en el que: una persona, expresando su consentimiento inequívoco, libre e informado (o a través de su representante cuando no pueda expresarlo), solicite acceder a un procedimiento de eutanasia activa; por el padecimiento de sufrimiento intenso proveniente de una lesión necesariamente de carácter corporal, grave e irreversible o una enfermedad que sea grave e incurable.
La sentencia también dispone que el «Defensor del Pueblo en el plazo máximo de seis meses contados desde la notificación de la presente sentencia, prepare un proyecto de ley que regule los procedimientos eutanásicos, conforme a lo establecido en este fallo».
Mientras tanto, el Ministerio de Salud tiene un plazo máximo de dos meses, contados desde la notificación de la sentencia, para «expedir un reglamento que regule el procedimiento para la aplicación de la eutanasia activa voluntaria y avoluntaria a la luz de criterios técnicos y en observancia de lo expuesto en este fallo».
🔴#URGENTE | La @CorteConstEcu aprobó el proyecto de sentencia para la despenalización de la eutanasia, planteado por Paola Roldán. Ella padece esclerosis lateral amiotrófica (ELA), y busca morir con dignidad. pic.twitter.com/Tz9mVd8f8D
— NotiMundo (@notimundoec) February 7, 2024
Finalmente, la sentencia le da a la Asamblea un plazo máximo de 12 meses contados desde la presentación del proyecto de ley para que «conozca, discuta, y expida la normativa que regule los procedimientos eutanásicos con los más altos estándares generales establecidos en la presente sentencia».
“En la demanda, se solicita que el Ministerio de Salud tome las medidas necesarias para cumplir con la voluntad de morir de la señora Paola Roldán Espinosa en un plazo de 15 días a partir de la aceptación de la suspensión provisional de la norma. En caso de que esta no sea aceptada, se pide que una vez expedida la sentencia se establezca un protocolo para aplicar la eutanasia o que se siga, en lo aplicable, el “Protocolo para la eutanasia en Colombia”, indica el texto.
El pasado 20 de noviembre, Paola Roldán dijo: “He vivido una vida plena y sé que lo único que merezco es una muerte con dignidad”.
La decisión de la Corte se conoce, tras una pausa del tratamiento de la misma por la demanda que interpuso una organización provida en contra de dos juezas en enero.