Las reformas al Código Integral Penal abrieron una nueva forma para colaborar con la justicia. Ahora, los fiscales pueden firmar acuerdos de cooperación eficaz a cambio de que un sospechoso entregue información que ayude a ubicar capitales o bienes producto de actividades ilícitas, como la corrupción o delincuencia organizada y transnacional.

La Secretaría Anticorrupción dice que este departamento en Miami (EE.UU.) es de María Sol Larrea. Foto: Cortesía Secretaría.

Hasta el momento, la figura se aplicaba solo en tres casos: para esclarecer un hecho delictivo, para identificar a los responsables o el cabecilla de una estructura ilegal y para prevenir que se cometa un nuevo delito.

A cambio de la colaboración, el procesado recibirá beneficios como la reducción de su pena de entre el 80 y 90% de los años de cárcel, según la gravedad y conmoción del caso.

Para que la cooperación eficaz se cumpla, el COIP plantea que la información sea veraz, que los datos sean verídicos y comprobables. Este procedimiento se realiza entre el fiscal y el sospechoso. El acuerdo es reservado, así como todos los documentos o información que se entregue.

La norma

El trámite de la cooperación eficaz se inicia cuando el fiscal y la persona investigada firman un acuerdo reservado en el que se establecen los alcances de la colaboración.

La concesión de los beneficios se da después de la audiencia de juzgamiento, tras presentar el caso al juez y exhibir las pruebas. El fiscal dirá cuán relevante fue la ayuda del involucrado.

En casos  de alta relevancia social y cuando el testimonio permita procesar a los integrantes de la cúpula de la organización delictiva, el fiscal solicitará al juzgador, una pena del 10% de la condena.

La condena se fija después de que se hayan establecido circunstancias agravantes como por ejemplo que el delito se haya cometido en grupo, si la persona es funcionaria pública, etc.

Fuente: El Comercio, nota original aquí: LINK