La Corte Constitucional no dio paso a los pedidos del papá de Alembert Vera y del colectivo Acción Jurídica Popular

La Corte Constitucional convocó a una audiencia virtual este lunes 25 de septiembre. Foto: Expreso

Este lunes 25 de septiembre de 2023 la Corte Constitucional escuchará a la fiscal general Diana Salazar en la audiencia de seguimiento del dictamen para verificar si las conductas del presidente, consejeros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) y el juez de Montecristi Leiver Quimis, por acción u omisión, de forma directa o indirecta o por aquiescencia, podrían estar encaminadas a contravenirlo.

Negó en cambio los pedidos de ser escuchados en la audiencia y los amicus curiae que presentaron el colectivo Acción Jurídica Popular, Gerardo Vinicio Tapia Santos, Gutemberh Vera Páez (papá de Alembert Vera y abogado del expresidente prófugo Rafael Correa) y el colectivo Ecuador Resiste.

Acción Jurídica Popular es un colectivo en el que actúa un medio centenar de abogados entre los que se destacan por ejemplo a Priscila Schettini, esposa del exdefensor del Pueblo Freddy Carrión, preso en la cárcel 4 de Quito y sentenciado por un presunto delito sexual.

En sus redes sociales Schettini cuestionó la decisión de los jueces de la Corte de quienes dijo que se basan en la denuncia de plagio a la fiscal para querer destituir al Consejo de Participación Ciudadana.

«Hasta cuando los ciudadanos vamos a soportar que funcionarios públicos, que jueces y juezas, se vulneren nuestros derechos como ciudadanos y ecuatorianos de exigir a las autoridades que rindan cuentas», dijo.

La Corte consideró que esta es procedente conceder la participación de la fiscal en la audiencia telemática que será este lunes 25 de septiembre a las 10:00 porque la funcionaria en su escrito del 5 de junio de 2023 informó a ese ente que fue afectada directamente por el presunto incumplimiento del dictamen y fue uno de los elementos considerados por la Corte para dar inicio a la fase de seguimiento.

La Corte señaló en un auto de verificación de cumplimiento que sus alegatos, presentados por escrito, serán considerados por este organismo para mejor resolver. Además se negó la solicitud de que la audiencia se realice de forma presencial.

Ese organismo señaló que el pleno es competente para conocer y sancionar el incumplimiento de las sentencias y dictámenes constitucionales y puede expedir autos para ejecutar integralmente la sentencia, evaluar el impacto de las medidas de reparación y modificar las medidas.

Fuente: Expreso – Nota original: LINK