Una de las primeras reformas es en cuanto al servicio de transferencias desde el exterior en donde ya se puede emplear el Sistema de Dinero Electrónico para el envío de remesas, previa solicitud de sus clientes, a una cuenta de dinero electrónico (CDE) de una persona natural en Ecuador. Esta reforma también permite el pago de tributos, productos o servicios de entidades, o instituciones, empresas públicas y de los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD).
Dentro de las reformas también se establecen tarifas para descarga, transferencia, solución de pagos, solución de cobro, giros, cambio de parámetros de seguridad, y uso de plataforma para gestión comercial. También da paso a la transferencia de dinero desde una cuenta de persona natural o jurídica a una cuenta de persona natural o jurídica en el sistema financiero nacional.
Otra de las resoluciones es la norma otorga facilidades para abrir una CDE a través de la web o de aplicaciones móviles. También fija una tabla de tarifas y comisiones de los participantes del sistema por operaciones desde y hacia cuentas en el sistema financiero nacional. Por ejemplo, una persona natural pagará $ 0,25 por efectuar una transferencia desde la cuenta bancaria hacia otra cuenta de dinero electrónico.
La última reforma tiene que ver con el cumplimiento a la transitoria tercera de la Ley Solidaria, que otorga al Banco Central del Ecuador un plazo máximo de 12 meses para proveer a las entidades del sistema financiero nacional, sea a título gratuito o sea mediante subsidios, la implementación de sistemas de banca móvil vía o cualquier otro mecanismo de interconexión con la plataforma de dinero electrónico.
El texto de esa resolución indica que el Banco Central subsidiará el costo de instalación de la banca móvil, web o aplicaciones móviles, para conectarse y efectuar transacciones con la plataforma.