La ley Orgánica para la Regulación de los Créditos de Vivienda y Vehículos aprobada en 2012 impide expresamente, en la disposición transitoria segunda, que las deudas contraídas en el exterior se ejecuten en Ecuador.

Agencia Andes

La norma señala que las sentencias extranjeras originadas en operaciones de crédito con garantía hipotecaria de vivienda situada fuera del país, que persigan el embargo y posterior remate de bienes muebles e inmuebles de ciudadanos ecuatorianos, no serán ejecutadas en el territorio nacional por contravenir el ordenamiento jurídico ecuatoriano.

Basada en esta normativa, la canciller María Fernanda Espinosa aseguró que los créditos adquiridos en España no se traspasarán a la banca ecuatoriana, con lo cual desmintió la información que circuló el fin de semana sobre la supuesta posibilidad de que los bancos privados de Ecuador compren la cartera hipotecaria en España, según habría señalado el embajador Cristóbal Roldan.

El asambleísta por los migrantes Esteban Melo, dijo en entrevista a Agencia Andes que plantearán una reforma legal a esa disposición transitoria para que se imposibilite que se cobren en Ecuador deudas adquiridas en otros países.

“Para que se imposibilite de manera más fuerte el cobro de dichos créditos, lo que vamos a hacer es que se prohíba el cobro de deudas hipotecarias extranjeras y se prohíba el cobro de deudas cuyo origen sea una deuda hipotecaria. De esta manera, reforzamos y hacemos que no pretendan hacer negocio con el dolor de nuestros migrantes”, puntualizó Melo.

Además, comentó que se exhortará desde la Asamblea Nacional para que se mejore el servicio de asesoría legal hipotecaria y se desarrolle un articulado legal para proteger más a los migrantes ecuatorianos.

Se calcula que el sistema de atención hipotecario registró 15.000 familias migrantes que recibieron asesoría legal de un total de 20.000 afectadas por la burbuja inmobiliaria española.

Alex Flores, representante de los Migrantes Retornados, rechazó las supuestas declaraciones del embajador Roldán y exhortó al Gobierno nacional para que lo cese en funciones “porque ha demostrado que no está ni preparado, ni a la altura de una misión diplomática tan sensible como es España”.

Manifestó que en los bancos europeos las casas fueron sobrevaloradas pues de un costo de 70.000 euros (83.856 dólares) se vendieron a los migrantes en 200.000 euros (239.590 dólares), lo cual constituye especulación inmobiliaria.

Cuando estalló la crisis inmobiliaria, los compatriotas perdieron sus empleos y no podían pagar el crédito hipotecario, pero en España no existe la dación en pago, es decir, si se entrega la casa no se les extingue la deuda. Además, la hipoteca pasó de 800 a 1600 euros (en dólares de 958 a 1917 dólares).

“La personas se quedan en la calle, sin trabajo y con deuda de 130.000 euros (155.733 dólares) que, además, son hereditarias” indicó Flores.

Flores recordó además que el exmandatario ecuatoriano Rafael Correa fue quien cuestionó a escala internacional el sistema de hipotecas español por considerar que se permiten casos de desahucios en familias que tenían pocos recursos con “cláusulas abusivas».

Correa calificó en 2012 la ley hipotecaria española como “criminal e inmoral” que afectó a cientos de inmigrantes en España y denunció que en el país ibérico existía una “crisis sistémica, en la que hay gente sin casas y casas sin gente” haciendo alusión a la acumulación de viviendas por parte de los bancos, debido a que las personas no podían cancelar sus hipotecas.

Cuestionó también que la figura de dación en pago no existía y que pese a entregar la casa, las familias mantenían la deuda.

La posición del  Tribunal Supremo de Justicia Europeo

El Tribunal Supremo de Justicia Europeo resolvió en diciembre de 2016 que la banca española devuelva alrededor 5.000 millones de euros (unos 5.950 millones de dólares) pagados por ciudadanos que tenían en sus contratos cláusulas suelo  (consideradas abusivas o poco transparentes para sus clientes), es decir, los ciudadanos no sabían lo que estaban firmando.

El Supremo consideró que estas cláusulas eran contrarias a la normativa comunitaria, pues no mostraban con claridad temas como la tasa de interés variable y fijaban un tope mínimo de intereses que  los clientes de los contratos hipotecarios debían pagar.

Algunos bancos como el BBVA manifestaron que revisarían primero cada caso. Bankia por su parte, planificó devolver todo el dinero de ese tipo de cláusulas para evitar reclamos judiciales de sus clientes.

Fuente: Agencia Andes