El Ejecutivo argumentó que el mencionado registro acarrea una inconstitucionalidad pues discrimina a los violadores de menores porque atenta contra su derecho al trabajo, explicó la asambleísta, Lourdes Cuesta tras tildar de «impresentable» la decisión.
«Hay que dejar claro que no se atenta contra el derecho al trabajo porque no es un registro público y porque la inhabilidad para trabajar es única y exclusivamente en actividades relacionadas con niñas, niños y adolescentes», explicó la legisladora.
Según el proyecto de ley, quien haya cumplido la condena impuesta por haber cometido un delito contra la integridad sexual de los pequeños puede trabajar en lo que guste, afirmó.
El límite -subrayó- es trabajar con menores «porque lamentablemente los pederastas no se rehabilitan, buscan nuevamente niños que son quienes les despiertan el impulso sexual, para volverlos a lastimar.
Los casos de reincidencia son muy elevados».
#LeyREVAAS no discrimina, no es un registro público,la inhabilidad para trabajar es única y exclusivamente en actividades relacionadas con niñas,niños y adolescentes. El veto da preferencia al violador sobre el derecho de niñas,niños y adolescentes #UnGobiernoDefensorDeVioladores
— Lourdes Cuesta Orellana (@LourdesCuestaO) November 4, 2019
La asambleísta recordó que existe una opinión consultiva de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que hace una diferencia entre discriminación y distinción.
Fuente: El Comercio- Nota Original: LINK