Según la cartera ministerial, las tobilleras servirán para hacer un control telemático de los reos mientras se encuentren en prisión domiciliaria por orden judicial. El reglamento entró en vigencia este lunes y fue publicado este martes.
Según un estudio publicado en octubre del 2016 por el Centro de Investigaciones Económicas Nacionales (CIEN) y titulado «¿Cómo deshacinar los centros penitenciarios en Guatemala?», «las 21 cárceles que funcionan en Guatemala suman 6.809 espacios, que cubren nada más un tercio de lo requerido. Para cumplir condena, hay casi cinco personas por cada espacio disponible (ocupación del 450%) y el déficit es de 8.700 espacios».
El ente encargado de vigilar el programa de implementación de las tobilleras electrónicas es el Centro de Control Telemático, dependencia bajo el control del Ministerio de Gobernación.
Dentro de las funciones del Centro de Control Telemático también estarán las de registrar los archivos de los incidentes en la utilización de los dispositivos, almacenar y ordenar todos los datos recibidos y la coordinación en la colocación del dispositivo.
El determinar qué reos utilizarán las tobilleras correrá de parte de los jueces o tribunales competentes por el grado de delitos que se hayan cometido.
El costo de la implementación será asumido por la Dirección de Servicios Administrativos y Financieros del Ministerio de Gobernación.
En otros países
Uruguay ha implementado desde el 2013 el sistema de tobilleras electrónicas como método para combatir la violencia doméstica. «El sistema de protección de tobilleras electrónicas para casos de violencia doméstica se expandirá a los 19 departamentos del país en 2017, hoy en día está activo en tres departamentos», expresó en noviembre del 2016 el director general de la Secretaría del Ministerio del Interior, Charles Carrera.
Entre el 2013 y el 2016, el programa había registrado 867 casos.
Colombia, país en el que según un informe del 2016 del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) hay una superpoblación penitenciaria de 43.839 personas, el uso de un dispositivo similar, el brazalete electrónico, por parte de reos, está reglamentado por la Ley 1709 del 20 de enero del 2014.
«El Juez podrá ordenar como medida complementaria a la detención domiciliaria el uso de brazalete electrónico, el cual deberá ser costeado por el beneficiario. El Gobierno Nacional deberá determinar el costo de acuerdo a la capacidad económica de quien lo portará. Si el beneficiario no cuenta con recursos, el Gobierno Nacional deberá costearlo», dice el citado texto legal.
A enero del 2016 había en Colombia, según el INPEC, 2.943 reos con vigilancia electrónica vía brazalete o tobillera electrónica.
Fuente: CNN en Español