En la última semana, las autoridades del CNE hicieron varios llamados y advertencias de que el proceso electoral está atravesando la línea roja por falta de definiciones en la calificación de candidaturas de asambleístas, porque aún existen recursos presentados en el Tribunal Contencioso Electoral (TCE), y pidieron agilidad.
También el director del Instituto Geográfico Militar (IGM), Jaime Navarrete, advirtió de posibles complicaciones en el proceso de impresión de las papeletas y actas de escrutinio de la dignidad de asambleístas nacionales, y señaló que el CNE lleva varios días de retraso en la entrega de información correspondiente.
Desde que el CNE convocó a las elecciones anticipadas para elegir a presidente y vicepresidente de la República y 137 asambleístas nacionales y provinciales, se presentaron 25 recursos ante el TCE; de ellos, seis aún están en proceso. También se presentaron dos recursos en contra de la consulta popular sobre el Yasuní ITT.
El primer recurso que se presentó en el Tribunal Contencioso Electoral relacionado con las elecciones anticipadas fue el presentado por dos militantes políticas, Nivea Vélez y Lucía Placencia, que cuestionó la resolución del pleno del CNE del 23 de mayo de que para las elecciones anticipadas no había obligatoriedad para las organizaciones políticas de observar criterios de paridad, alternabilidad, secuencialidad entre mujeres y hombres, en los binomios presidenciales y en las listas para asambleístas nacionales y provinciales. Este recurso pasó y los binomios presidenciales y las organizaciones políticas tuvieron que recular en sus decisiones.
La segunda causa, presentada por Eduardo Baldeón, fue archivada por extemporánea. Cuestionó la resolución del CNE tomada el 23 de mayo por no difundir de manera amplia el voto telemático para las elecciones anticipadas de agosto, lo que causó confusión en toda la población migrante sobre la aplicación referente a la eliminación de la votación presencial y la obligatoriedad de la votación telemática.
En el proceso, la presidenta nacional del movimiento Revolución Ciudadana, Marcela Aguiñaga, impugnó una resolución del CNE respecto a la calificación de la candidatura presidencial de Xavier Hervas, del movimiento Renovación Total (RETO, lista 33), señalando que el aspirante se encuentra incurso en la prohibición de tener bienes y capital en paraísos fiscales. El TCE negó el recurso porque la denunciante no demostró que el candidato esté incurso en la prohibición expresa en el Código de la Democracia.
También hubo un recurso que presentó el coordinador nacional de Pachakutik, Marlon Santi, en contra de la resolución del CNE tomada el 28 de junio, que negó la inscripción de la lista de candidatos de la circunscripción del exterior correspondiente a Europa, Asia y Oceanía, por considerar que no hicieron las primarias, pero los jueces del TCE ordenaron la inscripción.
De las causas registradas en la información pública del TCE, tras el proceso de inscripción de candidaturas se presentaron siete recursos respecto a candidaturas nacionales y del proceso electoral, cinco causas en Pichincha y tres en Carchi; en las demás provincias, e incluso en el exterior, hubo una causa en cada una.
Cuando hubo la reunión del consejo consultivo de las organizaciones políticas, el 23 de mayo pasado, las autoridades del CNE hicieron un llamado a los movimientos y partidos: que por ser un proceso electoral atípico, presenten los recursos indispensables donde realmente haya las pruebas para evitar contratiempos en el calendario electoral.
Recursos pendientes
Las seis causas pendientes en el TCE corresponden a la lista de candidatos a asambleístas nacionales por el movimiento Construye (lista 25), así como una causa en cada una de las siguientes provincias: Cañar, Pichincha, Manabí, Galápagos y Esmeraldas.
De este grupo, las dos candidaturas que demandan más tiempo en resolverse por los plazos establecidos en el procedimiento corresponden a la candidatura nacional del exministro del Interior Patricio Carrillo, de la lista 25.
La otra causa que recién lleva una semana en el trámite corresponde a la impugnación presentada a la candidatura a asambleísta por Cañar de Virgilio Saquicela, expresidente de la Asamblea Nacional.
En el caso del candidato a asambleísta nacional Patricio Carrillo, la causa 186 la presentó la presidenta nacional del movimiento Revolución Ciudadana, Marcela Aguiñaga, y de momento se encuentra en manos del juez Fernando Muñoz, tras la recusación que presentó el accionado al juez suplente Richard Martínez.
Según la denuncia presentada por Aguiñaga, el aspirante a legislador Patricio Carrillo no puede ser candidato a asambleísta en las próximas elecciones porque en febrero de 2023 la Asamblea Nacional, tras un juicio político, lo censuró por incumplir sus funciones cuando se desempeñó como ministro del Interior, y con ello quedó impedido de ejercer cargos públicos por dos años.
El pleno del TCE, el 30 de junio, archivó la causa porque la accionante, Marcela Aguiñaga, presidenta del movimiento Revolución Ciudadana (RC), no cumplió con todos los requisitos necesarios al no acreditar en su momento la calidad en que comparecía. Pero Aguiñaga apeló al archivo y completó la información; el proceso continúa y se espera que el juez Muñoz presente su proyecto de sentencia acogiendo o no la apelación presentada por la representante del correísmo.
Otro de los casos que están pendientes por resolver se trata de la causa 204, presentada por Rodrigo Vallejo, presidente nacional del Partido Socialista Ecuatoriano (PSE), en contra del candidato por Cañar Virgilio Saquicela, expresidente de la Asamblea Nacional, que participará en el casillero del partido que dirige Vallejo.
La causa está en manos del juez Guillermo Ortega, pero de momento está de vacaciones hasta el 1 de agosto próximo, por lo que lo subroga el juez suplente Richard Martínez, quien deberá conocer la causa y presentar un proyecto de sentencia.
La impugnación contra Saquicela, según el dirigente Vallejo, en la designación del candidato por Cañar no se cumplió con la convocatoria a la asamblea y colegio electoral para la elección de los precandidatos; que faltaría la firma de los miembros del colegio electoral en una acta; la aceptación de la candidatura de forma escrita y con su rúbrica. La última providencia que se dictó en este caso con la admisión a trámite fue el pasado 14 de julio.
Fuente: El Universo – Nota original: LINK