El objetivo es limitar las atribuciones del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs), de tal forma que sea el Parlamento el que, por acuerdo de las dos terceras partes de sus miembros, designe a las autoridades de control del país.
La iniciativa es impulsada por los asambleístas del movimiento Suma, que en un comunicado de prensa aducen que el Consejo de Participación “ha distorsionado y politizado indebidamente esa función”.
“En la designación de autoridades de control estos 10 últimos años los cuestionamientos se han debido a la vinculación con casos de corrupción y la cercanía de los designados al proyecto político”, señalan.
El trámite a seguir deberá ajustarse al artículo 442 y 443 de la Constitución. El primero estipula que “la reforma parcial que no suponga una restricción en los derechos y garantías constitucionales” puede ser impulsada mediante resolución aprobada por la mayoría de los integrantes de la Asamblea Nacional.
La iniciativa de reforma constitucional será tramitada por la Asamblea en al menos dos debates. Para ello, requiere una calificación de la Corte Constitucional. La Constitución establece que el segundo debate se realizará al menos noventa días después del primero. Una vez aprobado el proyecto de reforma constitucional se convocará a referéndum dentro de los cuarenta y cinco días siguientes.
Para la aprobación en referéndum se requerirá al menos la mitad más uno de los votos válidos emitidos. Una vez aprobada la reforma en referéndum, y dentro de los siete días siguientes, el Consejo Nacional Electoral dispondrá su publicación.
Fuente: El Comercio – Nota original: LINK