Una vez que ha «fenecido en demasía» el tiempo determinado de 30 días para realizar el pago de las reparaciones impuestas a los sentenciados en el caso Sobornos 2012-2016 como autores mediatos, autores directos, coautores y cómplices, el Tribunal de Ejecución delega a la Procuraduría General del Estado (PGE) para que realice toda gestión que concluya con el comiso y embargo de los bienes, hasta por los montos que les corresponde a cada uno de los condenados.
De la medida se exceptúa a los empresarios Alberto Hidalgo, quien pagó los $ 368.000 de reparación económica que se le dispuso en calidad de autor mediato del delito de cohecho pasivo agravado, y Víctor Fontana, que canceló los $ 778.000 que se le impuso como autor directo. Los autores mediatos, directos y coautores deben pagar $ 778.000, mientras que Laura Terán como cómplice e Hidalgo deben cancelar $ 368.000.
En la lista de 18 procesados que restan por cancelar su reparaciones de tipo material se incluye a los exmandatarios Rafael Correa y Jorge Glas, a ocho exfuncionarios públicos de ese período y a ocho empresarios, entre quienes siguen estando Rafael Córdova y Pedro Verduga, ya que sus propuestas de pago recibieron una negativa hasta de la Procuraduría.
A inicios de noviembre pasado, la PGE presentó un petición de “acción de ejecución de sentencia” y el Tribunal de Ejecución, en su providencia del viernes último, precisó que la fase de ejecución de la sentencia ejecutoriada se halla dispuesta y comenzó de manera formal a partir del auto del 23 de septiembre pasado.
Ante la falta de cumplimiento en el plazo establecido, señala el Tribunal, se observarán las reglas dispuestas en los artículos 222 del Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ) y 366 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos (Cogep). De ser necesario, se apunta, la Defensoría Pública dotará de la prestación de servicios jurídicos para materializar todas las medidas de reparación.
Con este fin se deberán enviar oficios con la individualización de la causa y nombres de los sentenciados, la indicación de que la víctima es el Estado ecuatoriano e indicando que esta es una medida de reparación, indemnización que por orden de la ley corresponde exclusivamente indemnizar a los sentenciados y a nadie más, de manera proporcional, tomando en cuenta el grado de participación.
«Para garantizar el cumplimiento de la medida de restitución se determinó el comiso de los bienes inmuebles de los sentenciados que no han dado cumplimiento dentro del plazo determinado al pago, la Secretaria de Sala oficiará a los Registradores de la Propiedad y Mercantiles de todos los cantones del país, con el cometido de que se tome nota al respecto», refiere la providencia, en la que se aclara que se delega a la Procuraduría para que realice todas las gestiones y trámites para proceder con el comiso, así como con el embargo de los bienes.
Fuente: El Universo – Nota Original: LINK