Un tercio de la población económicamente activa de Galápagos corresponde a residentes temporales. De este grupo, unas 500 personas podrían correr el riesgo de quedarse sin trabajo este año y en los próximos meses la cifra llegaría a unos seis mil en las islas.
Asi lo señala Xavier Sisa, director jurídico de la Cámara de Industrias y Producción, quien expresa que el Consejo de Gobiernos de Régimen Especial de Galápagos no acepta el criterio jurídico del Ministerio de Trabajo para que se renueven los contratos de residentes temporales que tienen cinco años o más trabajando en la isla.
Según el artículo 41 de la Ley Orgánica de Régimen Especial de la provincia de Galápagos se concede la categoría de residente temporal, entre otros, a «los representantes legales de empresas legalmente domiciliadas en Galápagos, las empleadas o los empleados privados en relación de dependencia, por el lapso de hasta un año. En este caso, el contrato de trabajo podrá ser prorrogado hasta por un plazo máximo de cinco años (…)».
Sisa dice que en esta misma ley hay una norma general de que en la medida que no exista esa oferta laboral en los residentes permanentes se pueda contratar a residentes temporales y no excluye que se extiendan los mismos permisos a quienes hayan trabajando cinco años en las islas.
Sin embargo, agrega, que la interpretación del gobierno de Galápagos es que estas personas que tienen 5 años deberían abandonar la isla con ninguna posibilidad posterior de ser contratados nuevamente.
El artículo 30 del Reglamento de Migración y Residencia en el Régimen Especial de la provincia de Galápagos, expedido en el 2017, dice que «la relación de trabajo y la calificación de residencia temporal no podrán durar más de cinco años, contados de forma continuada o interrumpida. Una vez cumplidos cinco años de residencia temporal en Galápagos, se deberá abandonar la provincia».
Sisa dice que esto es casi como una sanción de por vida porque se trabaja por cinco años y no podrá regresar nunca más a las islas a laborar o a prestar sus servicios en esa condición. Esto creará problemas en tres aspectos, en lo laboral, la seguridad de la embarcación y la calidad turística y, además, estaría impidiendo incluso el reinicio de las actividades turísticas en Galápagos ya afectadas por la pandemia, indica.
Primero, agrega, afectaría la estabilidad laboral porque casi un tercio de la población económicamente activa de Galápagos corresponde a residentes temporales y , según dice, al momento «no existe una oferta laboral en número ni en aptitudes ni en calificaciones que requiere la demanda de todas las actividades laborales en las islas».
El representante de la Cámara de Industrias y Producción menciona que la posición de las autoridades de Galápagos es que deberían contratarse residentes permanentes únicamente, pero al momento no existen los perfiles adecuados porque lo que puede ocasionar es que se pierda la calidad de los trabajadores actuales en los que se ha invertido en capacitación y entrenamiento.
Según Sisa, un segundo problema es que dentro del grupo de personas que perderían el empleo están los que se llaman de dotación mínima, es decir que son requeridos por su especialidad para estar dentro de la tripulación de una embarcación y que no existen reemplazos en las islas. Por ejemplo, capitanes e ingenieros de máquinas o inclusive profesionales de alta calificación como gerentes de hotel, chef, asistentes de chef.
En tercer lugar está la seguridad de las operaciones y la calidad turística, añade. «Al quitar a personas que están entrenadas, que han tenido todas las cualificaciones para ese empleo, tienen un riesgo por ejemplo si ponen a capitanes no entrenados puede haber un problema de seguridad en la operación».
Manifiesta que afectará la calidad del servicio turístico al poner gente no entrenada o inclusive que no tiene un nivel de inglés para comunicarse con los pasajeros.
Sisa señala que para que se garantice el derecho constitucional de la estabilidad laboral se han apoyado en el Ministerio de Trabajo que emitió un criterio jurídico en el que establece la obligación de renovar esos permisos de residencia temporal para este grupo de personas.
Dice que este criterio jurídico fue emitido el 25 de septiembre pasado y el problema se agrava porque la Ley orgánica de Régimen Especial se emitió el 11 de junio del 2015, por lo que los cinco años de esos residentes temporales se vencieron en junio 2020. Y además porque en el 2017 el entonces Consejo de Gobierno de Galápagos emitió el Reglamento de de Migración y Residencia que establece que a partir del 2020 las empresas deberán reemplazar solo el 5 por ciento de los residentes temporales que tengan contratados con residentes galapagueños o permanentes.
Fuente: El Universo – Nota Original: LINK