Para Ávila, el Primer Mandatario dejó pasar una oportunidad de establecer una verdadera norma jurídica sin depender de las negociaciones en la Asamblea Nacional.
“La estrategia está mal construida, ojalá el Gobierno tenga la serenidad de retirar la consulta”, declaró.
En #NotimundoALaCarta, @ravila67, exjuez de la Corte Constitucional, aseguró que varias preguntas de la consulta popular de Daniel Noboa son “abiertamente inconstitucionales”. Alertó que se votaría por reformas ya están establecidas en la Ley.
🔊En #NotimundoALaCarta, @ravila67, exjuez de la Corte Constitucional, aseguró que varias preguntas de la consulta popular de Daniel Noboa son “abiertamente inconstitucionales”. Alertó que se votaría por reformas ya están establecidas en la Ley.
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— NotiMundo (@notimundoec) January 4, 2024
¿Qué problemas identifica?
La pregunta Nº1 plantea:
¿Está usted de acuerdo con que las Fuerzas Armadas inicien acciones para prevenir y erradicar la actividad de organizaciones criminales trasnacionales que operan dentro y fuera del territorio nacional?
Para el exjuez, el Anexo de esta pregunta debería incluir una reforma al artículo 158 de la Constitución. Aclaró que las Fuerzas Armadas están entrenadas para matar en una guerra, y que la institución encargada de combatir la delincuencia es la Policía Nacional.
“Si está infiltrada o no da abasto se debe limpiarla y fortalecerla. No se puede confundir dos instituciones con fines distintos”, mencionó.
La pregunta N2 dice:
¿Está usted de acuerdo con que las Fuerzas Armadas realicen control de armas, municiones, explosivos y accesorios, permanentemente, en las rutas, caminos, vías y corredores autorizados para el ingreso a los centros de rehabilitación social?
En este caso, el artículo 26 de la Ley Orgánica que regula el uso legítimo de la fuerza menciona que las FF.AA pueden actuar en las inmediaciones o alrededores de los centros penitenciarios.
Asimismo, el artículo 4 de la Ley de Porte de Armas aclara que la institución es la única con la capacidad de realizar controles de armas.
La pregunta Nº3 menciona:
¿Está usted de acuerdo con que los miembros de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional y el Cuerpo de Seguridad y Vigilancia Penitenciaria, no sean privados de su libertad, o se les ordene arresto domiciliario, mientras dure la investigación o proceso penal por sus actos ejecutados con el uso de la fuerza, reformando el Código Orgánico Integral Penal conforme el Anexo de la pregunta 3?
Aquí se entraría en una “distinción odiosa” en la que las fuerzas del orden podrían defenderse en libertad, pero no los ciudadanos comunes, según Ávila.
Por último, explicó que la pregunta 4, que busca incrementar las penas por delitos de crimen organizado, es un despropósito, pues desde que se hizo la misma reforma al COIP en 2014, ha aumentado el hacinamiento y la violencia en las cárceles.
“¿Por qué seguir apostando a un mecanismo que no funciona? Porque políticamente da votos”, puntualizó.