En el informe de primer debate se establece que hay posibilidad de remisión tanto para empresas como para contribuyentes. Dicha remisión abarca, además de las deudas tributarias, las aduaneras, Seguridad Social, banca cerrada, servicios básicos, matriculación vehicular, gobiernos autónomos descentralizados y Superintendencia de Compañías.
El Gobierno dijo que podría recuperar $ 744 millones por el pago del capital de las deudas a las cuales se les perdonan multas u otros recargos.
Según el texto, el contribuyente o empresa con ingresos mayores a $ 5 millones podrán cancelar hasta en 90 días después de la entrada en vigor de la ley. En cambio, quienes tienen ingresos menores podrán hacerlo hasta en dos años.
Un punto importante es que quienes busquen el beneficio deberán, además de pagar la totalidad del capital adeudado, presentar desistimientos de recursos o acciones judiciales, constitucionales o arbitrales.
En cuanto a las multas por matriculación, los contribuyentes se pueden beneficiar dependiendo de la rapidez con la que se acojan al proceso.
Por ejemplo, si lo hacen entre 1 y 90 días se le perdonaría el 99% de las multas; pero si demora entre 151 y 180, ya el beneficio solo es de 50%.