La Resolución 046-2015 fue adoptada en sesión efectuada por el Pleno del Comex el pasado 11 de diciembre.
La reforma respondió, en primer lugar, a excluir de la aplicación de salvaguardias a varios bienes necesarios para que el aparato productivo nacional enfrente en mejores condiciones la eventual emergencia por el fenómeno de El Niño.
Entre los principales productos excluidos se encuentran, por ejemplo, generadores, avionetas de fumigación, vacuómetros, garruchas transportadoras y estaciones meteorológicas.
Por otra parte, se incluyeron modificaciones en las sobretasas para otros productos categorizados como materia prima, destinados entre distintos usos, a la fabricación de papel, extractos y concentrados.
Los productos e insumos objeto de la medida son importados de diversos orígenes: Estados Unidos (18%) China (17%), Colombia (16%), Perú (10%) y Chile (5%), entre otros.
De esta manera el ministerio aclara que las 129 partidas arancelarias excluidas no corresponden por completo a importaciones desde Colombia.
«Lo cierto es que la reforma del Comex atañe solo al 3,3% del total de importaciones desde Colombia y al 4,7% de las importaciones desde Perú, y fue adoptada de manera previa e independiente respecto de la decisión de los gobiernos de Colombia y Perú de avalar la adhesión de Ecuador al acuerdo con la Unión Europea», subraya el comunicado.
La resolución del COMEX entró en vigencia a partir del 16 de diciembre pasado y aplica desde la fecha de aceptación de las respectivas declaraciones aduaneras.