El fallo también ordena al sentenciado sembrar 1 000 árboles en el margen del río Gordeleg, así como ofrecer disculpas públicas en un medio de comunicación, la misma que deberá ser leída en la iglesia y en una escuela de la parroquia.
En audiencia de juicio, la fiscal de Personas y Garantías, Vilma Ortega, expuso que el Ministerio de Salud clausuró la granja porcina; sin embargo, el sentenciado incumplió esta disposición y continuó realizando actividades en el lugar.
Como consecuencia, se contaminó el agua de la quebrada Cachihuayco, que es un afluente del río Gordeleg, señaló la Fiscalía en un comunicado, el miércoles 23 de octubre.
La Fiscal sustentó la acusación con los testimonios de dos funcionarios del Ministerio del Ambiente, quienes aseveraron que el establecimiento no contaba con el manejo técnico para el tratamiento de los desechos.
Además, en el juicio también se recogieron los testimonios de moradores del sector Pichacay, quienes se vieron afectados por la mala calidad del agua.
El artículo 251 del Código Integral Penal (COIP) estable los delitos contra el agua: «la persona que, contraviniendo la normativa vigente, contamine, deseque o altere los cuerpos de agua, vertientes, fuentes, caudales ecológicos, aguas naturales afloradas o subterráneas de las cuencas hidrográficas y en general los recursos hidrobiológicos o realice descargas en el mar provocando daños graves, será sancionada con una pena privativa de libertad de tres a cinco años».
Fuente: El Comercio – Nota Original: LINK