Según la resolución judicial, los solicitantes no cumplieron con lo dispuesto en el Art. 630 numeral 2 y 3 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). La audiencia se desarrolló desde las 10:00 de este sábado 9 de noviembre en la CNJ.
El asambleísta Yofre P., y el prefecto de Sucumbíos Amado Ch. fueron sentenciados a un año cuatro meses de prisión, multa de cuatro salarios mínimos y una reparación integral de USD 6 mil en calidad de cómplices del delito de paralización de servicio público.
Sin embargo, en el caso de Amado Chávez, Steven T., Jenny R. y José G., la Corte aceptó el pedido de suspensión condicional de la pena.
#URGENTE | David Jacho, conjuez de la Corte Nacional de Justicia, negó la suspensión condicional de la pena al asambleísta Yofre P. y 4 procesados, por no cumplir con lo dispuesto en el Art. 630 numeral 2 y 3 del COIP, en el caso #Paralización SOTE #Sucumbios. pic.twitter.com/kgHebmNORP
— Fiscalía Ecuador (@FiscaliaEcuador) November 9, 2019
Por otro lado, igual sentencia recibieron los procesados Jenny R. y José G. La condena más fuerte recibieron César P., Gonzalo V., Víctor B., Vinicio Ch. y Esteven T., quienes deberán cumplir cuatro años de prisión, y pagar cuatro salarios mínimos y una reparación integral de USD 6 mil.
Este delito está tipificado en el artículo 346 del COIP, con una pena de entre uno y tres años de cárcel, pero la sentencia fue de cuatro años por considerar que son autores directos y que hay agravantes.
Fuente: EL Telégrafo – Nota Original: LINK