En Más Allá de los Hechos, Daniel Mendoza, presidente de la Comisión de Régimen Económico, sostuvo que el Secretario General de la Asamblea estuvo facultado de remitir la Ley Tributaria al Registro Oficial desde su aprobación el 17 de diciembre, pero no lo hizo.

Daniel_Mendoza
NotiMundo- Derechos reservados

La Ley de Simplicidad y Progresividad Tributaria entró en vigencia este 2020 en Ecuador, tras su publicación en el Registro Oficial. Hay cuestionamientos sobre la aprobación de un objeción del Ejecutivo que no fue debatida por los legisladores.

Según el presidente de la Legislatura, César Litardo, lo que hizo el Pleno “está dentro de su potestad”, porque es el máximo organismo para definir “estos temas”. Y afirmó que es legal el pronunciamiento hecho por los asambleístas.

La Disposición General Quinta hubiese sido aprobada por el ministerio de la ley el 13 de enero, al cumplirse los 30 días de plazo desde que el presidente envió sus observaciones

La aprobación ejecutada en la Asamblea es defendida por el asambleísta y presidente de la Comisión de Régimen Económico, Daniel Mendoza. En Más Allá de los Hechos, Mendoza, señaló que la sesión en el pleno el 30 de diciembre fue únicamente una formalidad para dar paso a la Ley Tributaria, explicando que desde la aprobación de la misma, ya podía ser remitida al Registro Oficial. Sus argumentos se basan en el art. 64 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa.

Escucha la entrevista aquí: