La orden de arresto domiciliario que se le otorgó al expresidente Abdalá Bucaram fue una solicitud de la Fiscalía. Así se detalla en el acta general de la Audiencia de Flagrancias, que se realizó la noche del pasado, 3 de junio, por el presunto delito de tráfico de armas.
En el documento se recoge la intervención del fiscal del caso, David Nelson Del Castillo. El funcionario inicialmente pidió al juez la prisión preventiva del exjefe de Estado, pero en una segunda intervención solicitó el arresto domiciliario.
El cambio de postura del fiscal ocurrió luego de que la defensa del exmandatario presentara documentos en los que indicaba que Bucaram padece de problemas cardíacos.
Por eso, el fiscal pide al juez que se “revea” la solicitud de prisión preventiva. “Señor juez en alusión a la documentación presentada por la defensa del procesado en la que se advierte que tiene 68 años, que adolece de enfermedades conforme a las valoraciones médicas y además tiene un domicilio, solicito que se revea mi pedido inicial y se impongan al procesado las medidas estipuladas en los numerales 3 y 4 del artículo 522 del Código Orgánico Integral Penal, esto es arresto domiciliado del procesado y el dispositivo electrónico”.
Por el pedido de la Fiscalía y de la Defensa, el juez del caso otorgó el arresto domiciliario. Después de la diligencia, la Fiscalía General publicó un comunicado en el que indicó que el juez dictó el arresto domiciliario pese a que la Fiscalía solicitó la prisión.
“La Fiscalía procesó a Abdala (Bucaram) por presunto tráfico de armas y municiones, y solicitó su prisión preventiva; sin embargo, Juez le dictó arresto domiciliario”, se leía en el comunicado oficial publicado en Twitter.
Fuente: El Comercio-Nota original: LINK