En Notimundo al día, Santiago Acurio, vicepresidente de la Asociación Ecuatoriana de Ciberseguridad, explicó que las instituciones financieras tienen la obligación de garantizar sistemas seguros para cuidar el dinero de los clientes y en caso de que este se mueva sin autorización, deben afianzar la investigación necesaria. Acurio advirtió que las entidades financieras deben tener asegurado el dinero de los clientes para cuando reciban este tipos de ataques.
#SantiagoAcurio @AECIb: “Cuando se registra un #delito cibernético en una entidad #financiera, esta institución tiene la obligación de devolver el #dinero a la persona afectada”. #NotiMundoAlDía pic.twitter.com/rSqCymxJTk
— NotiMundo (@notimundoec) November 12, 2020
Según el Código Integral Penal, el Art. 190 que hace referencia a la apropiación fraudulenta por medios electrónicos, tiene una pena privativa de libertad de 1 a 3 años y el Art. 231 sobre transferencia electrónica de activo patrimonial de 3 a 5. La Fiscalía, en lo que va del año, reportó 1306 denuncias por el artículo 190 y apenas 42 por el artículo 231.
Acurio hizo un llamado a la ciudadanía para que denuncien todos los delitos relacionados con el uso de internet porque existe un subregistro.
#SantiagoAcurio @AECIb: “Cuando se registra un #delito cibernético en una entidad #financiera, esta institución tiene la obligación de devolver el #dinero a la persona afectada”. #NotiMundoAlDía pic.twitter.com/rSqCymxJTk
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Además, alertó que Ecuador junto a Venezuela y Bolivia son los únicos países de la región que no están inscritos en el convenio de Budapest, creado para la lucha contra la ciberdelincuencia.