En NotiMundo A La Carta, el abogado constitucionalista, Ismael Quintana, aseguró que “el único órgano que puede determinar si un precepto normativo viola la Constitución, por el fondo o por la forma, es la Corte Constitucional, no la Unidad Técnica Legislativa”, explicó.
También, reveló que las últimas reformas a la Función Legislativa, dieron paso a que la Unidad Técnica Legislativa entregue un informe no vinculante, al Consejo de Administración de la Legislatura (CAL). Este, en relación al cumplimiento de los requisitos formales para el tratamiento del proyecto de ley.
Detalló que si el CAL observa los pronunciamientos de la Corte Constitucional, el proyecto de ley debería ser admitido a trámite. “La Asamblea no está obligada a aprobar tal cual el proyecto, podría modificarlo, agregar o restar articulados”, aseguró el constitucionalista.
Por la reforma constitucional que alega el informe, Quintana enfatiza que el Gobierno pudo presentar diferentes proyectos de ley, cada uno en relación a un eje.
El constitucionalista afirmó que otras alternativas serían: realizar una consulta popular o alegar que con “esta negativa la Asamblea Nacional está obstruyendo la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo, y eso constitucionalmente, es causal de disolución de la Asamblea”, explicó.
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