A las 11:00 de este miércoles 19 de enero se conocerá la sentencia en el caso del policía Santiago Olmedo, procesado por extralimitación de la fuerza. De ser hallado culpable, podría enfrentar una pena de 10 a 13 años de prisión.

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En Notimundo al Día, Santiago Olmedo, policía procesado por uso excesivo de la fuerza, manifestó que su caso no es el único, ya que cerca de 900 policías a nivel nacional se encuentran en la misma situación. «Vamos confiados en que la justicia actuará de forma objetiva, no solo en mi caso, sino en favor de la ciudadanía, que es a quien nos debemos», señaló.

Olmedo intervino durante un asalto a un menor de edad, en junio de 2021, en Riobamba. Según su testimonio, al ver amenazada su integridad física, abrió fuego contra los sospechosos, acabando con la vida de dos de ellos. Aunque ahora podría ir a prisión por este caso, Olmedo está convencido que hizo lo que debía, en cumplimiento de los protocolos y el debido proceso. «Gracias a ello, el menor de edad que fue asaltado hoy está vivo, junto a su familia», apuntó.

Olmedo resaltó que el presidente de la República, Guillermo Lasso, ofreció su total apoyo y respaldo en el caso, pero aseguró estar confiado en la independencia de la justicia, y por ello tener un resultado favorable. No obstante, confesó sentirse frustrado por los cargos levantados en su contra, asegurando que su accionar fue en defensa de la ciudadanía.

Por su parte, Hugo Espín, abogado defensor, informó que el destino de Olmedo pudo ser trágico, si no actuaba como lo hizo. «Lo más difícil de este proceso, fue escuchar, por parte de la Fiscalía, que Santiago debía permitir que los sospechosos huyan del lugar», lamentó.

Espín comentó que, en los indicios balísticos y pruebas recabadas en el caso, hubo una serie de errores e interpretaciones sesgadas para justificar la sentencia que se pretende aplicar a Santiago Olmedo. Explicó que el caso de su defendido se repite con el policía Marco Vinicio Parra, que enfrenta cargos por homicidio, durante el cumplimiento de sus labores, frustrando un asalto en el norte de Quito el pasado sábado 15 de enero.

El principal error, según Espín, es que los cargos se formulan en flagrancia, cuando todavía no existen los elementos necesarios y pericias pertinentes. Recordó que el artículo 30.1 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece causas de exención de responsabilidad, «que deben ser analizadas con la misma objetividad con que se formulan cargos».

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