La vicepresidenta de la Asamblea Nacional, Yeseña Guamaní, indicó que hay una contradicción con el Artículo 140, que señala que el Legislativo puede en cualquier momento modificar o derogar un decreto de Ley urgente en materia económica. “Tenemos un informe de la Unidad Técnica Legislativa, con criterios jurídicos y constitucionales, el cual recomienda no calificar estos proyectos, indicando que son iniciativas específicamente exclusivas de la función Ejecutiva”, reveló.
.@yesguamani: «Tenemos un informe de la Unidad Técnica Legislativa, el cual recomienda no calificar estos proyectos, indicando que son iniciativas específicamente exclusivas de la función Ejecutiva».
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— NotiMundo (@notimundoec) February 1, 2022
Detalló que en el Artículo 135 y 301, se habla sobre las competencias del Primer Mandatario. “Solamente el Presidente de la República puede presentar proyectos de Ley que creen, modifiquen o supriman impuestos que aumenten el gasto público”, agregó.
Explicó que al ver estas contradicciones han propuesto que sea la Corte Constitucional la que se pronuncie al respecto. Detalló que el primer paso es enviar al Pleno Legislativo para que apruebe con 70 votos. Si se aprueba, se efectuará la consulta al organismo constitucional. Si no se aprueba, regresará al CAL para tomar una decisión. Indicó que la próxima semana, se espera que esto forme parte de la agenda del Pleno.“Para evitar inconstitucionalidades es importante realizar esta consulta a la Corte Constitucional”, resaltó.
Además, Guamaní reveló que la Bancada de la Izquierda Democrática (ID) está analizando reformas parciales al documento.
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