Su victimario, Vinicio R., fue condenado por un Tribunal Penal a veintinueve años y cuatro meses de reclusión.
La fiscal especializada en Violencia de Género, Silvana Garrido Pazmiño, reunió todas las pruebas necesarias para demostrar durante el juicio que el entonces capitán del Ejército –ascendido hace meses al grado de mayor– fue el responsable de la violenta agresión registrada el 26 de noviembre de 2017 en una de las habitaciones del cuartel.
El testimonio anticipado de la mujer, reproducido en la audiencia de juicio, fue revelador: el día de los hechos se encontró con unos excompañeros, pues ella también fue cadete de la Escuela militar. Luego de compartir con ellos en el recinto, se retiró a descansar en una de las habitaciones del cuartel.
Pero su sueño se convirtió en pesadilla cuando apareció Vinicio R. Él la golpeó en el rostro, la sometió y la ultrajó provocándole severas lesiones a nivel genital. Esto se corroboró con la valoración ginecológica, pericia que también fue expuesta como prueba ante el Tribunal de Garantías Penales con sede en la parroquia de Quitumbe.
Tras haber cometido el delito, el victimario se retiró a la habitación donde estaba el resto de personas que continuaba la fiesta. La víctima entró al sitio semidesnuda e increpó al hoy Mayor del Ejército por lo que le hizo. El reclamo fue presenciado por otros uniformados que también testificaron ante los jueces por llamado de Fiscalía, confirmando lo manifestado en el testimonio anticipado.
La fiscal Silvana Garrido Pazmiño también llamó a testificar a una Capitán y una Teniente, quienes estaban de guardia aquel 25 de noviembre de 2017. Ellas dijeron –bajo juramento– que escucharon los gritos de auxilio de una mujer que provenían de una habitación, pero que nadie atendió al llamado que hicieron a la puerta cerrada.
Como prueba documental, la Fiscal también incorporó certificaciones que confirmaron que el procesado pertenece a las filas del Ejército y documentación que reveló un arresto de tres días, fruto de la sanción que le impusieron sus superiores por haber participado de la reunión prohibida que terminó en violación dentro del recinto militar.
Con esta y otras pruebas más, los jueces impusieron a Vinicio R. la pena máxima que establece el artículo 171 del Código Orgánico Integral Penal. Además, se consideró la circunstancia agravante del artículo 48, numeral 2, de la misma normativa, que determina un incremento de la condena si, entre otras cosas, el delito se comete en un recinto militar.