Para Grijalva, el hecho de que el presidente Lasso tenga, durante este periodo extraordinario, la competencia de emitir decretos- ley de urgencia económica, no quiere decir que la pueda ejercer de cualquier forma. Esto, en referencia a que el mandatario ha ignorado la serie de «criterios y requisitos”, que desde su perspectiva son “lógicos”, para emitir un dictamen favorable.
“No porque el Presidente ponga la palabra urgente puede, mediante decreto, violar derechos constitucionales”, cuestionó.
.@GrijalvaAgustin: «No porque el presidente Guillermo Lasso ponga la palabra ‘urgente’ puede, mediante decreto, violar derechos constitucionales».
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— NotiMundo (@notimundoec) August 1, 2023
Por esa razón, insistió que lo que el Ejecutivo tiene que hacer, si quiere que sus decretos de urgencia sean aprobados en este periodo extraordinario, es cumplir con los requisitos de la CC que “es bastante lógico y contundente”.
En relación al decreto- ley de Apoyo Financiero a favor de Beneficiarios Coactivados de Créditos Educativos, Becas y Ayudas Económica, Grijalva criticó que el gobierno haya enviado una normativa que aborda un problema que tiene más de 12 años. “Cómo es que ahora, algo de hace 12 años, es urgente solo porque el Presidente dice”, puntualizó y agregó que definitivamente no se justifica la urgencia económica.
Finalmente, precisó que desde su perspectiva no existe un bloqueo por parte de la CC, debido a que lo que se establece son criterios “muy lógicos” establecidos en la Constitución.
“La llamada muerte cruzada no puede ser una carta blanca para ignorar totalmente la Constitución, yendo contra el sentido común y considerando como urgente lo que no es”, concluyó.
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