El Servicio de Protección Pública creado en el gobierno del ex mandatario, Rafael Correa, fue eliminado este 16 de junio por la Asamblea Nacional al derogar mediante reforma el libro III, del Código Orgánico de las Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público (Coescop).

En el informe elaborado por la Comisión de Soberanía y Relaciones Internacionales, se argumentó que las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional son las instituciones del Estado, encargadas de la protección de derechos. Créditos: Vicente Ordóñez.

El Servicio de Protección Pública creado en el gobierno del ex mandatario, Rafael Correa, fue eliminado este 16 de junio por la Asamblea Nacional al derogar mediante reforma el libro III, del Código Orgánico de las Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público (Coescop).

La Asamblea en la sesión virtual 671, reunió 87 votos a favor y estas voluntades provinieron del PSC, CREO, AP, BIN, BADI e independientes.

El libro III del Coescop, incluye la creación de un Servicio de Protección exclusivo para el Presidente o Presidenta de la República, y el Vicepresidente o Vicepresidenta de la República, en funciones o electos; los candidatos o candidatas, calificados a la Presidencia y Vicepresidencia de la República; las máximas autoridades de las demás funciones del Estado; otras personas en razón de su perfil y análisis de riesgos, por la función o calidad que ostentan. Igualmente, brinda la protección de las sedes de las funciones Ejecutiva, Legislativa, Judicial, Electoral y de Transparencia y Control Social.

En el informe elaborado por la Comisión de Soberanía y Relaciones Internacionales, se argumentó que las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional son las instituciones del Estado, encargadas de la protección de derechos, libertades y garantías de todos los ciudadanos, por ende esto incluye la protección presidencial y de las altas autoridades del Estado ecuatoriano.

En el año 2010, el exmandatario Rafael Correa, mediante Decreto Ejecutivo No. 418 de 8 de julio, dispuso la fusión de la Casa Militar y el Escuadrón de Transporte Aéreo Presidencial, creando el Servicio de Protección Presidencial adscrito a la Presidencia de la República, quienes poseen personería jurídica, autonomía operativa, administrativa y financiera; cuyo mando corresponde a un oficial general de las Fuerzas Armadas quien será su representante legal.

Pero luego en el 2018, el mediante Decreto Ejecutivo No. 395, emitido por el actual presidente de la República, Lenín Moreno, se determinó que será atribución de la Secretaría General de la Presidencia de la República coordinar con el Servicio de Protección Presidencial las acciones necesarias y oportunas para garantizar la seguridad del Primer Mandatario.

El asambleísta, César Carrión (CREO), ponente del proyecto manifestó que al crear el Cuerpo Civil de Protección Presidencial se inobservó lo que determina la Constitución en el artículo 158, donde señala que las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, son las instituciones de protección de los derechos, libertades y garantías constitucionales, y que por ningún lado permite crear otra entidad paralela o estatal para proteger a las personas.

Recordó que el Coescop estuvo integrado por cuatro libros: Policía Nacional; servicio de investigación mixto; servicio de protección pública; y, entidades complementarias, donde se creó una entidad paralela de seguridad exclusiva para el Presidente de la República, la cual recibió cinco demandas de inconstitucionalidad y se presentaron cinco proyectos de Ley para derogar el libro III, por parte de los asambleístas: Cristina Reyes (PSC); Fernando Burbano (BADI); Fernando Callejas (CREO); Mae Montaño (IND); y, René Yandún (BIN). La comisión de Soberanía unificó las propuestas.

Carrión destacó que las Fuerzas Armadas tienen como misión fundamental la defensa de la soberanía y la integridad territorial, mientras que la protección interna y el mantenimiento del orden público son funciones privativas del Estado y responsabilidad de la Policía Nacional.

La legisladora, Mae Montaño, señaló que un ex presidente de la República que se consideraba emperador quiso tener su propia guardia pretoriana para cuidar la vida de su familia, amigos y su corte, y una mayoría legislativa aplastante de ese momento lo permitió; pero ahora, frente a otro escenario hay que eliminar el libro III.

El proyecto reformatorio será remitido al Ejecutivo para su sanción o veto en un plazo de 30 días.

Fuente: El Comercio – Nota Original: LINK