Zaidán explicó que el llamado de atención de la CC al Gobierno demuestra la falta de prolijidad por parte del equipo jurídico que asesora al primer mandatario y en la falta de preparación de las audiencias. Explicó que, en uno de los extractos del dictamen, la CC indica que no hay coherencia entre lo que se aporta como anexos y lo que se alega en las audiencias.
Por ejemplo, en uno de los anexos se habla de once grupos organizados armados, sin embargo, en la audiencia donde intervienen las autoridades del Ejecutivo se hace referencia únicamente a tres. «El Presidente de la República tiene que reforzar su equipo asesor en el ámbito jurídico y preparar con mayor prolijidad estas audiencias donde se maneja información compleja y técnica», sostuvo.
Según el dictamen de la CC, el Decreto 318 no justifica la configuración de la causal del conflicto armado interno, pero sí valida la grave conmoción interna. Zaidán explicó que la calificación de una grave conmoción interna es «bastante subjetiva», pues es la que se usualmente invoca para declarar un estado de excepción. No obstante, a su criterio, la Corte hizo un análisis «exagerado» y riguroso, pues se apoya en parámetros del Tribunal Penal Internacional para aplicarlos al contexto ecuatoriano.
Por otro lado, el hecho de que se haya utilizado un informe avalado por una organización extranjera y sin firmas de responsabilidad, también derivó en un llamado de atención severo. «Es pertinente este llamado de atención; me parece muy ligero que se haya anexado un informe no vinculante y sin firmas de responsabilidad», acotó.
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