El abogado Santiago Guarderas explicó que el art. 113 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa establece que los asambleístas “laborarán ordinariamente por lo menos 40 horas semanales en actividades relacionadas con su función”. Es decir, dijo que se trata de algo obligatorio y no opcional, por lo que si alguno de los legisladores no puede cumplir con lo dispuesto, debe pedir permiso o licencia para evitar sanciones.
Según indicó Guarderas, la misma Ley dispone que sea la Presidenta de la Asamblea quien decida sobre licencias de hasta 30 días, pasado ese periodo le corresponde al Pleno la decisión.
No obstante, mencionó que existe una contradicción en el art. 114 de esta Ley, que le faculta al Consejo de Administración Legislativa (CAL) a dar licencias a los asambleístas para ausentarse de sus funciones sin especificar el tiempo.
Pero esto, asegura, no significa que exista un vacío legal, pues la Ley de Servicio Público prohíbe a los funcionarios recibir remuneraciones u honorarios por una labor que no cumplen. A su juicio, Esperanza G. debió renunciar, pedir licencia, devolver el pago de su sueldo o la propia Asamblea debería destituirla por abandono del cargo.
Rafael Contigo Siempre
Sobre la recolección de firmas iniciada por el colectivo Rafael Contigo Siempre para promover un referendo que permita la reelección del presidente Rafael Correa, Guarderas indicó que se trata de un “nuevo pisoteo a la Constitución”.
Recordó que el art. 117 de la Constitución señala que no se pueden hacer cambios a las reglas electorales hasta un año antes de la celebración de comicios.
Finalmente, a su modo de ver, más allá del tema jurídico, esto se trata de una maniobra política para hacer propaganda anticipada.