En el decreto, se restringe la libertad de tránsito, todos los días, desde las 00h00 hasta las 05h00 en 38 cantones de 10 provincias, categorizados como «alto». Entre ellos están: Machala, Esmeraldas, Quinindé, Durán, Guayaquil, Daule, Naranjito,Quevedo, Montecristi, Quito, Salinas, Santo Domingo, Cuenca, Tena, entre otros.
🔴#ATENCIÓN | En un nivel de riesgo medio, los cambios se aplicarán en estos cantones⤵️ 2/3 pic.twitter.com/6r0tax4OWb
— NotiMundo (@notimundoec) January 23, 2024
Los categorizados como nivel medio, tendrán restricción de movilidad desde las 02h00 a 05h00. Mientras que, en los 160 cantones catalogados como nivel bajo, se elimina la restricción de libertad de tránsito. Entre ellos está: Alausí, Guamote, Guano, Latacunga, Pujilí, Salcedo, Zaruma, Ibarra, Otavalo, Bolívar, entre otros.
Roberto Izurieta, secretario de Comunicación, indicó la decisión de flexibilizar el toque de queda se tomó con base a informes de la situación en cada cantón. “El presidente Daniel Noboa solicitó a todas las autoridades de seguridad evaluar y actualizar, de manera oportuna, este sistema de semaforización”, dijo y agregó que las demás restricciones del Estado de Excepción se mantienen.
🔴#ATENCIÓN | El secretario de Comunicación de la Presidencia, @RobertoIzurietC, detalló que la eliminación y reducción del toque de queda, en los diferentes cantones del país, se tomó con base a la información de seguridad en cada territorio. pic.twitter.com/zOrs1Wf4FX
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Según el Gobierno, con la semaforización se busca no afectar a pequeños productores, comerciantes y negocios que se ven perjudicados por las restricciones como el toque de queda.
Personas que pueden transitar libremente:
- Servicios de salud de la red pública y red privada.
- Seguridad y fuerza pública, seguridad privada complementaria.
- Servicios de gestión de riesgos y atención de emergencias.
- Servicios de emergencia vial.
- Servidores públicos de la Presidencia, Vicepresidencia; del Ministerio de Gobierno, Defensa e Interior; de la Secretaría de Seguridad Pública y del Estado; del SNAI, Asamblea Nacional y cuerpo diplomático.
- Servidores públicos o personal contratista de entidad públicas.
- Personas que formen parte de la cadena logística, incluido el sector exportador.
- Prestadores de servicios de transporte y logística aeroportuaria.
- Abogados que acrediten la necesidad de acudir a una diligencia judicial.
- Trabajadores de medios de comunicación.
- Trabajadores de sectores estratégicos y servicios públicos.
- Personas que abastezcan una cadena productiva.