La Cancillería ecuatoriana no otorgará un salvoconducto para que la exministra correísta de Transporte María de los Ángeles Duarte, condenada a ocho años de prisión por el delito de cohecho en el caso Sobornos 2012-2016, viaje a Argentina. En Notimundo A La Carta, Joffre Campaña, abogado penalista, recordó que existe un convenio internacional entre los dos países que cumplir, por lo tanto, Ecuador no puede negarse a efectuar el asilo “sin romper los términos” de convención.

Créditos: La Hora.

“Ecuador rechaza cualquier intento de poner plazos o condiciones a un tema que requiere un meticuloso análisis jurídico”, anunció la Cancillería ecuatoriana tras conocer que Argentina concedió asilo diplomático a Duarte, exministra de Transporte y Obras Públicas de Ecuador, y después de supuesto “ultimátum” que habría dado el gobierno argentino a Ecuador para emitir una respuesta ante esta decisión.

El abogado penalista, Joffre Campaña, indicó que, al Estado ecuatoriano puede “parecerle injusto, o incluso, ilegítima” esta decisión de Argentina, pero, según la Convención de Caracas de 1954, el país no puede negarse a cumplir el asilo “sin romper los términos” de este acuerdo, porque faculta a el Gobierno de Alberto Fernández a determinar esta acción.

Campaña explicó que el no acatar los términos del convenio, de acceder a la entrega del salvoconducto a Duarte, implica “romper la Constitución en la figura del asilo» y es una “destrucción más” que atenta a la seguridad jurídica como garantía en la Constitución, lo que provoca más tensiones bilaterales en la relación diplomática de los dos países.

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