La Defensoría del Pueblo ha calificado este hecho como una “grave irregularidad” en el proceso de investigación. Su postura la difundió a través de un informe emitido el pasado 3 de agosto.
En el documento, que se levantó por una solicitud del presidente Lenín Moreno, se indica que la reserva de la indagación “vulneró gravemente el derecho a la defensa” de la familia del joven y de las personas que están procesadas. En el informe de la Defensoría también se detalla cómo se dispuso la medida judicial.
El 19 de mayo del 2015, la jueza Dayana Tapia ordenó el sigilo de la investigación. En su fallo señaló que la medida era de carácter temporal hasta que se realicen “ciertas prácticas investigativas de las personas que pudieran conocer sobre el paradero y la desaparición” del estudiante quiteño.
Pero tras un análisis de los hechos, la Defensoría dijo que al extenderse la reserva hasta septiembre del 2017, el carácter de temporal se desvaneció. Además, señala que tras levantar el sigilo no se especificaron los documentos ni todas las prácticas investigativas que se realizaron en ese tiempo. Pero, ¿cómo se aplazó tanto tiempo la medida judicial? Según el informe del caso, la reserva se prorrogaba cada 90 días bajo solicitud del fiscal del caso, Jorge Flores.
Los pedidos del investigador fueron atendidos por dos jueces: Diomedes Laso y Adriana Java. El primero autorizó que la reserva siga por dos ocasiones, mientras que Java aplazó la medida siete veces más.