Un Juez de Garantías Penales dispuso las medidas de prohibición de salida del país y presentación semanal ante Fiscalía para todos los procesados, a pesar de que Fiscalía había solicitado, de forma fundamentada, la prisión preventiva para diecisiete de ellos.
El fiscal Danny Vizueta informó que la detención se produjo luego de que un grupo de agentes policiales acudieron al Hospital Luis Vernaza para constatar el estado de salud de un ciudadano que, previamente, había sido víctima de un ataque con armas de fuego. Al llegar al lugar notaron la presencia de un grupo de personas en actitud sospechosa, que no habrían querido registrarse en la bitácora de ingreso.
Por esa razón se procedió con una requisa y la inspección del lugar, encontrando en su posesión tres armas de fuego (una en posesión de uno de los detenidos y dos camufladas en los vehículos en los que se movilizaban), 321 municiones en total, 1.016 dólares y 250 euros en efectivo.
Además, se incautaron varios teléfonos celulares y tres vehículos, donde fueron encontradas las evidencias, todas ingresadas a cadena de custodia de la Policía Judicial.
El informe de reconocimiento del lugar de los hechos, el parte policial de detención, el acta de levantamiento de evidencias y las versiones de los agentes que participaron en el procedimiento fueron los principales elementos de convicción presentados en la audiencia para sustentar la formulación de cargos y el pedio de las medidas cautelares para los ahora procesados.
Información jurídica
La asociación ilícita se encuentra tipificada en el artículo 370 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y es sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años. La misma pena que señala el artículo 361 (transporte de armas) del mismo cuerpo legal.