En NotiMundo Estelar, Vicente Taiano, Director del Registro Civil, comunicó que la inscripción de defunciones puede ser realizada por un ciudadano que mantenga hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad. Añadió que para el proceso únicamente se requiere el certificado del INEC y la cédula del solicitante.
.@TaianoVicente2: “Tenemos dos canales habilitados para el servicio de defunción de inscripciones. El primero es el presencial, se encuentran habilitadas 31 agencias a nivel nacional para que la ciudadanía pueda acercarse”. #Covid_19 #EmergenciaSanitaria pic.twitter.com/7SnAVQKCT1
— FmMundo 98.1 (@fmmundo) April 17, 2020
Taiano mencionó que en las agencias físicas el proceso tarda un tiempo máximo de cuarenta minutos; mientras que en las virtuales puede ser hasta dos horas debido a que se tienen que realizar las respectivas validaciones.
.@TaianoVicente2: “En el caso de que no pueda acudir un médico, una autoridad pública, puede ser incluso; policial, militar y política, así lo dice la ley, puede firmar el formulario del INEC para que el familiar pueda inscribir oportunamente la defunción”. #Covid_19 pic.twitter.com/0nzFIhnG1J
— FmMundo 98.1 (@fmmundo) April 17, 2020
Además, anunció que todos los procesos del Registro Civil pueden ser realizados en el portal de la institución y aseguró que tienen validez jurídica. A su vez, notificó que se han emitido documentos de identidad que son válidos de manera temporal para la realización de trámites en agencias financieras y de otro tipo.
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