Los objetivos de la Ley de Organizaciones sin Fines de Lucro son garantizar la libertad de asociación, fortalecer la participación ciudadana, descongestionar la administración pública evitando discrecionalidad y reducir trámites.

Flickr: Asamblea Nacional

La Asamblea Nacional realizó este jueves, 2 de agosto de 2018, el primer debate de la normativa. “Las organizaciones de la sociedad civil deben estar reguladas en la ley, no mediante Decreto Ejecutivo”, dijo Héctor Yépez (Creo), presidente de la Comisión de Participación Ciudadana, que está a cargo del trámite de la ley. Entre las bancadas y los legisladores no existen mayores discrepancias sobre el articulado.

Durante las intervenciones, más bien se intentó a aclarar que el principal objetivo es garantizar la libertad de asociación. Para esto se plantea evitar la discrecionalidad al momento de calificar y legalizar a las agrupaciones. Además, se contempla que las organizaciones sin fines de lucro del extranjero tengan los mismos derechos que las nacionales.

Mientras que para sociedades de hecho no se requerirá ser persona jurídica, por lo que se les reconoce su derecho de participar en la vida nacional, mientras no infrinjan la ley ni incurran en delitos. Otro de los puntos es la eliminación de la distinción entre fundaciones y corporaciones y se adopta una sola definición, que es organizaciones sin fines de lucro.

En cuanto a la eliminación de tramitología para crear organizaciones sin fines de lucro, la propuesta es que el trámite se realice en las notarías, pues tienen cobertura en todo el país, son de fácil acceso y esa información iría directamente a un catastro de organizaciones, que lo manejaría el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social.

Fuente: El Comercio