El presidente de la República Guillermo Lasso, llamó este miércoles 17 de mayo a la muerte cruzada y disolvió la Asamblea Nacional por “grave crisis política y conmoción interna”. Luego de esta decisión, un grupo de exlegisladores, liderados por Esteban Torres (PSC) y Yeseña Guamaní (ID), presentaron una demanda de inconstitucionalidad, con la cual aspiran que se les otorgue una medida cautelar, y que este Decreto quede sin efecto.
El abogado constitucionalista Salim Zaidán, señaló que la causal de conmoción interna “es deficiente” ya que se lo aborda bajo especulaciones, y se habla de una eventual conmoción interna.
📢Estamos #AlAire en #NotimundoEstelar con @SalimZaidan, abogado constitucionalista, para analizar si la @CorteConstEcu se puede pronunciar sobre la muerte cruzada.
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— NotiMundo (@notimundoec) May 17, 2023
“Tiene que sustentarse en los hechos que están ocurriendo en este momento. La causal no es ante la eventual conmoción interna, es ante la conmoción que se esté produciendo. La Corte debería pronunciarse y eventualmente, declarar la inconstitucional del Decreto”, dijo Zaidán.
Sin embargo, si el Consejo Nacional Electoral (CNE) convoca a elecciones anticipadas (tiene hasta el 24 d mayo para hacerlo), podría complicar cualquier pronunciamiento de la Corte Constitucional.
Y es que el artículo 16 del Código de la Democracia menciona:
“Ninguna autoridad extraña a la organización electoral podrá intervenir directa o indirectamente en el desarrollo de los procesos electorales, ni en el funcionamiento de los órganos electorales”.
El especialista enfatizó en la complejidad de cualquier resolución de la Corte en contra del Decreto, si es que el CNE arranca con el proceso electoral. Por ende, es indispensable que la decisión que tome esta institución, sea lo antes posible.
¿Qué pasa si la Corte declara como inconstitucional a la muerte cruza?
Zaidán explicó que los asambleístas podrían asumir nuevamente sus funciones, para así reanudar la etapa final del juicio político contra Guillermo Lasso. Previo a la muerte cruzada, el Pleno debía finalizar el debate y realizar la votación, que en caso de contar con el respaldo de 92 legisladores, el Primer Mandatario hubiera sido censurado y destituido por el presunto delito de peculado.
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