Santiago Guarderas, abogado y analista, señaló que la Reforma al Reglamento de la Ley de Comunicación es una restricción a la libertad de expresión. Eso considerando que toda privación, de acuerdo a los estándares internacionales, debe estar prevista en la Ley y no en reglamentos.
En contexto, el artículo 75 establece la regulación de la difusión del 50% de los contenidos musicales producidos en Ecuador. Específicamente determina que por cada canción internacional se deberá programar un tema nacional.
Frente a esto, Guarderas destacó que los medios de comunicación daban cumplimiento a esta medida, pero en horarios de baja sintonía. Sin embargo, con la nueva reforma, se plantea que los temas se transmitan en horarios de alto ‘rating’, “cada medio puede escoger la programación que desee, a fin de que sus seguidores también deliberen libremente».
Finalmente, el analista enfatizó que es contradictoria la decisión del presidente saliente, Rafael Correa, en este tema, debido a que en un inicio solicitó a la Asamblea Nacional que no se modifique la Ley de Comunicación. No obstante, el Mandatario sí ejecutará alteraciones, pero a través del Reglamento.