En NotiMundo al Día, Agustín Grijalva, exjuez de la CC, explicó que con la declaratoria parcial de constitucionalidad, la Corte reconoció que se vive una emergencia eléctrica, pero, de acuerdo al numeral 2 del artículo 120 de la Ley de Garantías Constitucionales, se indica que se debe justificar la declaratoria. «Esto no se lo hace escribiendo una línea, sino adjuntando documentación que dé cuenta de la situación de la infraestructura eléctrica», agregó.
Grijalva recordó que en un estado de excepción se debe demostrar una real ocurrencia de los hechos y no puede funcionar de forma preventiva. Insistió en que el primer mandatario debía identificar algo que realmente esté sucediendo para ponerlo como causal. «Este no es el caso, no hay ataques a la infraestructura», sostuvo.
El exmagistrado precisó que el llamado de atención al jefe de Estado no es un asunto de mera formalidad, pues en los estados de excepción se restringen algunos derechos para defender los de la gran mayoría. Sin embargo, consideró que desde la pandemia del Covid-19 estas declaratorias se han normalizado en el país y podría ocurrir algún exceso por parte del poder, por lo que se requiere que las medidas sean justificadas debidamente.
Insistió en que resguardar las centrales hidroeléctricas es una facultad que tiene el presidente, como comandante en jefe de las FF.AA., y por ello no cabría la declaratoria de un estado de excepción para este aspecto.
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