Benavides explicó que cuando el presidente de la República remite a la Asamblea Nacional un proyecto de ley con el carácter de urgente en materia económica, se debe cumplir con el trámite ordinario que establece la Constitución y la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL). Lo único que cambia, precisó Benavides, son los cambios del proceso, que se reducen a 30 días.
En este sentido, indicó que el archivar un proyecto de ley en primer debate, como lo hizo la Legislatura con la Ley para la Mejora Recaudatoria a través del Combate al Lavado de Activos, es totalmente viable, conforme lo dispone el Artículo 60 de la LOFL. El rechazo del Pleno a la ‘ley antipillos’, se dio el pasado 27 de noviembre, con 84 votos.
Benavides señaló que, con la promulgación de la Ley, el presidente Daniel Noboa está reviviendo una normativa que fue negada y archivada. «Meterla por la ventana al ordenamiento jurídico ecuatoriano es inconstitucional», manifestó.
Por otro lado, el jurista alertó que en el decreto-ley publicado, no solo existe la creación del impuesto a la transferencia de vehículos usados, que fue uno de los puntos más cuestionados por la Asamblea, sino que también se incluyen temas de regulación de fotorradares, competencias de GADs y hasta la forma en que se deben constituir los equipos de la liga profesional del fútbol, por lo que no tiene unidad de materia, ya que no se compadece con el título del proyecto ley.
«Se hizo una ley trole, en la cual se metieron varias cosas (…) este proyecto no debía ser calificado por el Consejo de Administración Legislativo», enfatizó.
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