El Tribunal aplicó el principio de favorabilidad, porque el tipo penal por el que se los sancionó ya no existe en la nueva normativa. Ramiro García, abogado defensor de los procesados, señaló que ambos fallos (mayoría y minoría), coinciden en el efecto, que significa ratificar la inocencia de sus defendidos.
“Al declarar extinguida la pena, dejan sin efecto la sentencia inferior”, dijo. Afirmó que el fallo de minoría, que declara la nulidad de la sentencia, fue por falta de motivación. Y agregó que es un proceso judicial que jamás debió iniciar.
Por su lado, Gonzalo Realpe, otro de los defensores, anunció que se iniciarán acciones judiciales en contra del Estado, una vez que la sentencia se encuentre ejecutoriada.
Los procesados estuvieron presentes en la audiencia y expresaron su conformidad. Una de ellas, Abigaíl H., recordó que estuvo privada de la libertad casi un año, y sus compañeros 9 meses.
El caso inició el 3 de marzo de 2012 cuando 10 personas fueron detenidas por la Policía Nacional en el sector de Luluncoto, sur de la capital, y fueron vinculadas por el delito de tentativa de terrorismo, por la explosión de bombas panfletarias en las ciudades de Quito, Guayaquil, y Cuenca.
Fueron sentenciadas en febrero de 2013 a un año de prisión.