El pasado viernes, 09 de julio, el pleno de la Asamblea no dio paso a la eliminación del artículo 396 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) que sanciona a los denominados delitos contra la honra, en la Ley contra la Violencia Digital. El legislador y proponente de esta normativa, Alejandro Jaramillo, explicó que en el Parlamento hubo discrepancias en relación a estas penalidades, debido a que si una persona articula expresiones en descrédito en contra de otra en redes sociales, únicamente tendrá que cumplir entre 15 y 30 días de pena privativa de libertad.

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En NotiMundo Al Día, el asambleísta por la Izquierda Democrática, Alejandro Jaramillo, explicó que este proyecto de Ley tiene el objetivo de reforzar los mecanismos y herramientas legales, para proteger a los ciudadanos de los ataques informáticos. Aseguró que en los últimos años, se ha registrado un incremento «significativo» de esta problemática y que los más afectados son los niños, niñas y jóvenes que están expuestos a los peligros del internet. Así también las mujeres, que sufren de acoso todo los días.

Además, Jaramillo añadió que el anonimato permite que el ciberacoso se cometa con gran facilidad y permite que se vulneren varios derechos; entre ellos los de igualdad, equidad y participación.

Por otro lado, el legislador recordó que Ecuador alcanzó tratados internacionales en materias relacionadas con la erradicación de estas maneras de violencia digital, así como en el ámbito de la lucha contra los delitos informáticos. Es por eso que la reforma propuesta trata de combatir este tipo de conductas.

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