En una audiencia previa, Alexis Mera, solicitó que se le levante el arresto domiciliario a cambio del pago de una fianza, pero la Jueza no le concedió ese pedido por considerarlo improcedente.
En relación al empresario Du Yeon Ch., quien tenía orden de prisión preventiva por incumplir la medida cautelar de presentación periódica dictada en la audiencia de vinculación, Camacho le ratificó la medida, amparada en el artículo 521 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
Este cual indica que para dar paso a la sustitución, revisión, revocatoria o suspensión de una medida cautelar deben concurrir hechos nuevos que así lo justifiquen o se obtengan evidencias nuevas que acrediten hechos antes no justificados, lo que no se ha cumplido.
La Magistrada señaló que esta decisión fue tomada con el afán de precautelar el principio de inmediación y garantizar que los procesados asistan a las siguientes etapas, el posible cumplimiento de una pena y reparación integral al Estado, en calidad de víctima.
La diligencia se llevó a cabo en la Corte Nacional de Justicia y en la misma participó la fiscal General del Estado, Diana Salazar.
Fuente: El Telégrafo: Nota Original – LINK