La Defensoría del Pueblo presentó una Acción Extraordinaria de Protección a favor de B. P (nombre protegido). El argumento de la demanda fue que B.P sufrió “la indignidad de tener un nombre de hombre y seguir siendo identificado como mujer”. Esto habría afectado la calidad de vida, estabilidad emocional e incluso habría provocado su aislamiento social, de acuerdo al portal de la Defensoría del Pueblo.
La Corte Constitucional emitió, el 10 de mayo de este año, una sentencia a favor de B.P y ordenó que la Dirección Nacional de Registro Civil, Identificación y Cedulación deberá marginar su cambio de sexo. La sentencia, además, ordena que, en un plazo no mayor a un año, la Asamblea Nacional deberá emitir disposiciones legales para regular el procedimiento de cambio de sexo de los transexuales.
Erazo considera que esta resolución de la Corte implica “una grata noticia” para los miembros de la comunidad trans, pues las modificaciones, en 2016, a la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles no habrían favorecido a estas personas.
Entre las críticas a la normativa, Erazo señala que la emisión “de dos tipos de cédula” no es “inclusivo”. Las personas que optan por un cambio de sexo tienen una segunda cédula “en la que se cambia el campo de sexo por género, pero no se pone hombre o mujer”, señala la activista.
Para ella, una de las reformas que debería plantear el órgano Legislativo es la emisión de un solo tipo de cédula y “utilizar la palabra género para todos y todas”. De esta manera, “no tenemos una etiquetación exclusiva para personas trans”, añadió.
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