En esto coinciden los expertos en derecho penal Jorge Zavala Egas y Julio César Cueva. Este último sostiene que la presentación periódica de un procesado sirve para garantizar el principio de inmediación, y que la ley establece “que si él (Correa) incumple esa medida automáticamente la Fiscalía puede pedir a la jueza que le ordena la prisión preventiva…”.
Zavala manifiesta que en vista de que Correa reside fuera del país, la presentación periódica ante un consulado del Ecuador era la única medida aplicable al caso. Sin embargo, la jueza Camacho dispuso que esa medida se cumpla en territorio nacional.
No se justifica, agrega Zavala, la prisión preventiva, por ser esta una opción de última instancia. “Es una medida excepcional, y no creo que un expresidente de la República tenga el estatus como para poder dictar el auto de prisión preventiva como castigo anticipado a una pena; no estaría de acuerdo…”.
El penalista Alfonso Zambrano Pasquel tiene un criterio diferente. Él sostiene que debió haberse motivado la prisión preventiva y luego, de haber méritos, solicitar la sustitución con otra medida cautelar.
“Si no hay un presupuesto para una prisión preventiva, si no hay méritos, significa que habría un abuso de la facultad que tiene el fiscal y la jueza para pedir un sustitutivo…”, explica Zambrano, para quien “parece que cambiamos de la era de Correa de perseguir a todos los opositores, a la era de Lenín Moreno de perseguirlo a Correa, y eso es bárbaro…”.