En Notimundo Estelar, el legislador indicó que en el Art. 148 de la Constitución se establece las atribuciones del Primer Mandatario para disolver la Asamblea Nacional mediante la aplicación de la muerte cruzada, enmarcada en tres causales fundamentales, y el pedido de enjuiciamiento político en contra de Lasso, por peculado y concusión, “no es causal” para emplear este mecanismo.
@cocoabedrabb: «El tema de #MuerteCruzada está enmarcada en el Art. 148 de la Constitución por 3 causales fundamentales. Llamar a juicio político para eludir el tema de control político del Presidente, no es causal para una muerte cruzada».
➡️https://t.co/xjqlwT6soV pic.twitter.com/TLVqOnLu6k
— NotiMundo (@notimundoec) March 30, 2023
Abedrabbo reconoció que el Parlamento “ha perdido el tiempo” en “boicots políticos” y “acuerdos que se hacen debajo de la mesa”. No obstante, disolver la Asamblea no es la salida a la crisis, al tratarse de un acto antidemocrático.
Escucha la entrevista completa aquí