La Corte Constitucional emitió un boletín sobre la competencia territorial de los jueces que conocen garantías jurisdiccionales, luego de que en mayo pasado, desestimaran una acción de protección presentada en Lago Agrio, cuando el acto impugnado sucedió en Quito. En NotiMundo A la Carta, Pamela Aguirre, abogada constitucionalista, señaló que la institución debería delimitar adecuadamente el funcionamiento de estos mecanismos legales.

La Corte Constitucional, en mayo de 2023, desestimó una acción extraordinaria de protección, presentada a una sentencia de segunda instancia.

El caso

Una ciudadana presentó, en 2018, una acción de protección en Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, en contra de la Policía Nacional, dado que le dieron la baja de la institución por haber incurrido en actos que afectan el prestigio y moral de las fuerzas del orden. Sin embargo, fue negado por la Unidad Judicial de Lago Agrio.

Luego, la afectada presentó un recurso de apelación ante la Corte Provincial, pero fue nuevamente desestimado por incompetencia en razón de territorio.
La accionante no demostró tener vínculo familiar o de residencia, en el lugar donde propuso la garantía jurisdiccional.

Para la abogada constitucionalista, Pamela Aguirre, estos mecanismos destinados a la protección de derechos humanos, pero que en el país han sido mal utilizados por la “flexibilidad” que poseen.

“Por un grupo de políticos o personas que han delinquido, se han utilizado para escapar de la justicia o llegar a los fines políticos que desean, como mantenerse en un cargo”, declaró.

Y es que, según la Corte, para que un juez sea competente en materia de garantías jurisdiccionales, la acción debe ser presentada en el lugar donde se dieron los hechos, o donde tendría cualquier tipo de efecto (lugar de residencia o vínculo familiar).

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