La acción, planteada el 7 de enero de 2014, pretende dejar sin efecto el laudo de jurisdicción por el cual el Tribunal arbitral se declaró competente para conocer la demanda de Chevron-Texaco.
También se tramitarán los laudos relativos a medidas provisionales que requerían que el Estado tome acciones para evitar la ejecución de una sentencia emitida dentro del Juicio de Lago Agrio, mediante la que se condena a Chevron-Texaco por la contaminación ocasionada en la Amazonía ecuatoriana.
El procurador Diego García, quien encabeza el equipo de defensa, explicó que los argumentos que respaldan el pedido de anulación de los laudos dictados dentro del caso Chevron III «son tan claros, que la única decisión que podrían adoptar las Cortes de los Países Bajos es anularlos para revertir la actuación de un Tribunal que prematuramente emitió decisiones respecto al caso, sin haber conocido que la prueba aportada por el Ecuador desmentía totalmente las aseveraciones de Chevron».
«El Tribunal Arbitral cometió un grave error al considerarse competente y emitir los laudos de medidas provisionales, no solo porque la supuesta inversión de Texaco terminó cinco años antes de que entrara en vigencia el Tratado de Protección de Inversiones entre Ecuador y Estados Unidos, sino porque además los laudos provisionales requerían que las funciones del Estado actúen contrario al Derecho ecuatoriano y en desmedro de los derechos de los actores de Lago Agrio, sin que estos tengan la oportunidad de ser escuchados en el arbitraje», añadió el procurador.
Las compañías Chevron-Texaco iniciaron el arbitraje en contra del Estado ecuatoriano del 23 de septiembre de 2009, con base en el Tratado Bilateral de Protección de Inversiones (TBI) suscrito entre Ecuador y Estados Unidos. A través de este procedimiento la petrolera norteamericana pretende que el Ecuador se haga responsable de las consecuencias de la sentencia dictada en su contra en la Corte de Lago Agrio, para lo cual ha alegado la existencia de una supuesta denegación de justicia.
Dentro del arbitraje se han dictado tres laudos interinos sobre medidas provisionales, uno sobre admisibilidad y jurisdicción, y dos parciales sobre responsabilidad.