La Corte Constitucional (CC) declaró la constitucionalidad parcial a la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y la Sostenibilidad Fiscal, la cual presenta 10 acciones de inconstitucionalidad en relación de la forma y el fondo de algunos artículos.

En Notimundo A La Carta, Aldrin Gómez, abogado Constitucionalista, indicó que con esta acción la CC ratificó que, al no aprobar, ni negar expresamente el proyecto de ley por parte de la Asamblea Nacional, dentro de los 30 días establecidos, facultó al presidente Guillermo Lasso publicar el texto como decreto – ley. La Corte determinó que las reformas de Ley de Hidrocarburos y Ley de Régimen de Galápagos son incompatibles con el principio de unidad de materia, Gómez discrepó con esta decisión, a la que calificó de “errónea” porque las reformas a la ley de hidrocarburos era un mecanismo que “viabilizaba la contratación pública en materia de petróleos”, por lo que ahora se “entorpece” este proceso y no permite un trámite eficiente para inversiones extranjeras en el sector.

 

Análisis de fondo

El abogado constitucionalista aseguró que está de acuerdo con el análisis de fondo dispuesto por la CC, con respecto con el RIMPE de negocios populares al cual determina que “viola el principio de progresividad” porque establece una tarifa fija para un rango “excesivamente amplio”. Además, la Corte no advierte nada respecto a que si este impuesto se genera sobre la renta o el beneficio, sino de los ingresos brutos.

Rivut

La CC decidió eximir a las personas que se acojan al régimen de Rivut para investigaciones de delitos y auditorías por las instituciones del Estado. Esta sentencia estará vigente desde su publicación en el registro oficial, excepto el Rimpe negocios populares, que se ejecutará al término del periodo fiscal 2023

 

Mira la entrevista completa aquí