La Corte Constitucional (CC) tendrá al menos 40 días término para pronunciarse sobre las 20 demandas de inconstitucionalidad a la Ley de Apoyo Humanitario, de acuerdo con los plazos establecidos en la Ley de Garantías Jurisdiccionales.

Ayer se llevó a cabo una segunda jornada de audiencia pública telemática convocada por el juez sustanciador Alí Lozada, en la que se presentaron unos 60 ciudadanos que por sus propios derechos o en representación de organizaciones sociales, gremios empresariales, industriales y del Estado se pronunciaron a favor y en contra de la Ley de Apoyo Humanitario, vigente desde el 22 de junio pasado para ‘combatir la crisis sanitaria derivada del COVID-19’.

La Ley de Garantías Jurisdiccionales establece que luego de realizada la audiencia pública, los jueces de la CC tienen 20 días término para presentar sus criterios respecto de las demandas, para que el magistrado ponente los evalúe.

Concluida esta etapa, el juez tiene 15 días para elaborar su proyecto de sentencia; en otros cinco días, sus colegas pueden emitir sus criterios sobre ese proyecto; y finalmente, una vez que el pleno tome la decisión, tendrán diez días para publicar la sentencia.

Habrá otros tres días para que las partes procesales puedan solicitar ampliación o aclaración a la sentencia.

Los artículos impugnados a la Ley de Apoyo Humanitario fueron en su mayoría los 16, 17, 18, 19, 20, 21; las disposiciones reformatorias relacionadas con el teletrabajo y la desconexión por doce horas, y la disposición interpretativa única, respecto del numeral 6 del artículo 169 del Código de Trabajo.

Ayer se escuchó a quienes presentaron amicus curiae y réplicas a las intervenciones de los representantes de la Asamblea Nacional, la Presidencia de la República y la Procuraduría del Estado.

Hubo un ciudadano Oswaldo Lituma, que por sus propios derechos contó que fue despedido durante la pandemia, pero pidió que se declare constitucional la disposición interpretativa para que se «ponga freno a los despidos».

El Centro de Investigación y Estudios de Derechos Humanos (CIEDH) a través de sus representantes, Ricardo Loral y Ana Flores cuestionaron la medida de la desconexión en teletrabajo por al menos doce horas, porque «da la posibilidad de que se trabaje hasta doce horas», pese a que en el Ecuador rigen ocho horas. Además, de los niveles de estrés por la carga laboral del teletrabajo y la garantía al descanso.

El juez Lozada pidió que le envíen la información al respecto, y bromeó que «esta audiencia puede traer efectos para todos los que estamos trabajando en ella», pues los sujetos procesales llevaban conectados más de quince horas, entre el jueves y viernes.

Lozada convocó al Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) para que explique los efectos en la actividad laboral de la pandemia y la Ley.

Una funcionaria María José Arroba se limitó a informar que la última encuesta sobre empleo en el Ecuador demostraba que bajaron las cifras: en mayo y junio el desempleo fue de 1’009.583, y en septiembre del 2020 bajó a 522.620.

«¿Alguna otra constatación?», le preguntó el juez. «No, simplemente podríamos basarnos en las cifras, de lo que nos está arrojando las cifras a nivel nacional», y concluyó.

La diligencia concluyó a las 16:30 y Lozada indicó a las partes procesales que se emitirá «oportunamente» la sentencia en este «complejo caso».

Nota Original: El Universo – LINK